Retener la cartilla del IMSS, el INE, títulos profesionales u otros documentos personales de un trabajador al concluir la relación laboral constituye un delito federal en México, sancionado con pena de prisión de hasta cuatro años y multa económica conforme al Código Penal Federal.
El artículo 133, fracción VIII de la Ley Federal del Trabajo prohíbe expresamente al patrón retener los documentos personales del trabajador como mecanismo de presión o como condición para entregar la liquidación, finiquito o cualquier otro pago. Esta conducta, aunque frecuente en la práctica cotidiana de algunas empresas, no solo vulnera los derechos laborales del colaborador, sino que abre la puerta a una denuncia penal directa ante el Ministerio Público, independiente del juicio laboral ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o los Tribunales Laborales locales.
La confusión más común entre los patrones es creer que retener documentos sirve como garantía para asegurar la devolución de equipos, uniformes o para presionar al trabajador a no presentar demandas. Esto es un error de alto costo: la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) asesora de forma gratuita al trabajador y puede orientarlo para presentar denuncia penal adicional a la demanda laboral, lo que convierte una mala decisión operativa en un problema con consecuencias penales para el representante legal de la empresa.
⚠ Punto clave para su empresa: Retener documentos personales del trabajador —cartilla del IMSS, INE, pasaporte, títulos, cédulas profesionales o cualquier documento original— al término de la relación laboral viola el artículo 133 fracción VIII de la LFT y puede derivar en responsabilidad penal para el patrón o el director de RH que ejecute la acción. Nunca utilice documentos como garantía o medida de presión.
Al momento de la separación, el patrón debe entregar de inmediato todos los documentos originales que el trabajador haya proporcionado durante la relación laboral, junto con la constancia de trabajo y los comprobantes de pago correspondientes. Si su empresa custodia documentos originales de sus colaboradores activos, es el momento de revisar ese proceso y establecer una política de resguardo que no implique retención indebida.
¿Su empresa gestiona correctamente la baja de personal?
Revise si sus procesos de separación laboral cumplen con la LFT y evite contingencias penales y laborales. Acceda a las herramientas de ClickLaboral para PyMEs.
Ver ClickLaboral →