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Reforma Laboral

Subcontratación 2021: qué puede y qué no puede hacer con el REPSE en 2025

Desde la reforma laboral de abril de 2021, la subcontratación de personal quedó prohibida en México; sin embargo, cuatro años después, muchas PyMEs aún operan con esquemas que los exponen a multas y contingencias fiscales. Conocer exactamente qué permite el REPSE en 2025 es una obligación de cumplimiento, no una opción.

La reforma a los artículos 12 al 15 de la Ley Federal del Trabajo eliminó la subcontratación de personal en su modalidad tradicional. Lo que hoy permite la ley es la subcontratación de servicios especializados u obras especializadas, siempre que la actividad contratada no forme parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa contratante. Para operar legalmente, el prestador de servicios debe estar inscrito en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), administrado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

En 2025, el REPSE sigue siendo obligatorio y su vigencia es de tres años, por lo que los registros obtenidos en 2022 ya requieren renovación. La empresa contratante —no solo la prestadora— es corresponsable del cumplimiento laboral y fiscal. Si su proveedor de servicios especializados no tiene REPSE vigente, el IMSS e INFONAVIT pueden reclamar directamente a su empresa las cuotas obrero-patronales no enteradas, además de las multas previstas en el artículo 1004-C de la LFT, que van de 250 a 5,000 UMAs por infracción.

⚠ Punto clave: Contratar a un proveedor sin REPSE vigente convierte a su empresa en responsable solidaria ante el IMSS, el SAT y el INFONAVIT. Verifique el estatus del registro antes de firmar cualquier contrato de servicios especializados en repse.stps.gob.mx.

La recomendación práctica para directores de RH es establecer un proceso de validación trimestral del REPSE de cada proveedor activo, conservar los comprobantes de pago de cuotas de seguridad social que el prestador realice a favor de los trabajadores asignados, y revisar que el contrato de servicios especializados describa con precisión la actividad que justifica la externalización. Estas tres acciones reducen significativamente el riesgo de contingencias ante una auditoría del IMSS o de la STPS.

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