📰 Noticia laboral
Jurisprudencia

Tesis: las cámaras de seguridad en el trabajo son prueba válida solo si el trabajador fue notificado

Las cámaras de seguridad instaladas en el centro de trabajo solo constituyen prueba válida en un juicio laboral si el trabajador fue previamente notificado de su existencia, según criterio jurisprudencial emitido por el Poder Judicial de la Federación.

El criterio establece que la captación de imágenes sin previa notificación al trabajador vulnera su derecho a la privacidad y, por tanto, el material videográfico obtenido puede ser desechado por las Juntas de Conciliación o el Tribunal Laboral al momento de valorar las pruebas ofrecidas por el patrón. En términos prácticos, esto significa que una grabación que acredite una causal de rescisión —como el robo, los actos de violencia o el incumplimiento grave de obligaciones— podría perder toda su fuerza probatoria si la empresa no cumplió con el requisito de notificación.

La tesis se sustenta en la protección del artículo 16 constitucional, que reconoce el derecho a la privacidad de las personas, y guarda relación con las obligaciones del patrón previstas en el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), que le exige guardar consideración y respeto a la dignidad de sus trabajadores. Adicionalmente, la NOM-035-STPS-2018 refuerza la importancia de mantener entornos laborales que no generen factores de riesgo psicosocial, entre los cuales se incluye la vigilancia excesiva o no transparente.

⚠️ Punto clave para el patrón: Si su empresa utiliza cámaras de videovigilancia y no ha notificado formalmente a sus trabajadores —ya sea mediante aviso colocado en el centro de trabajo, cláusula en el contrato individual o en el Reglamento Interior de Trabajo—, las grabaciones que obtenga pueden ser declaradas nulas como medio de prueba ante el Tribunal Laboral, incluso si documentan conductas graves del trabajador.

Para blindar esta práctica, se recomienda incluir una cláusula expresa de videovigilancia en el contrato colectivo o individual de trabajo, fijar avisos visibles en las áreas monitoreadas y hacer constar la notificación en el expediente del trabajador. Conservar el acuse de notificación puede marcar la diferencia entre ganar o perder un juicio de rescisión sin responsabilidad para el patrón.

¿Su empresa documenta correctamente sus medidas de vigilancia?

Verifique si sus contratos, reglamento interior y avisos de videovigilancia cumplen con los criterios jurisprudenciales vigentes antes de que enfrente un conflicto laboral.

Ver ClickLaboral →